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Aunque ya ha pasado una semana, no me resisto a comentar unas palabras de la Sra Celaá, insólitamente Ministra de Educación del Gobierno de España, aprovechando su presencia, en calidad de Ministra, en el XV Congreso de Escuelas Católicas que ante unos 2.000 asistentes que representan a unos 6.000 centros, decidió amargarles el día y haciendo gala de una exquisita educación, la misma que ir vestida de excursión a un funeral y llevar un loro con música disco a todo volumen, en su obligado parlamento les espetó: «De ninguna manera puede decirse que el derecho de los padres a escoger una enseñanza religiosa o a elegir centro educativo podrían ser parte de la libertad de enseñanza. Esos hechos de elegir centro formarán parte del haz de derechos que puedan tener los padres, madres, en las condiciones legales que se determinen pero no son emanación estricta de la libertad reconocida en el artículo 27 de la Constitución”. Amén del mal gusto en cuanto al lugar y fecha escogidos por la señora para soltar su alegato político, metió la gamba dado que por mucho que le pique a la ministra hay sentencias claras del Tribunal Constitucional que la dejan como cagancho en Almagro.
La sentencia 74/2018 de 5 de julio que avaló la educación diferenciada en Cantabria dice por ejemplo: “la libertad de enseñanza (art. 27.1 CE) comprende a su vez la doble facultad de los padres de elegir el centro docente de sus hijos, que podrá ser de titularidad pública o privada, y de elegir la formación religiosa o moral que se ajuste a sus propias convicciones, facultad esta última a la que se refiere específicamente el artículo 27.3 CE”, curiosamente todo lo contrario que la socialista vasca expresó en el Congreso de las Escuelas Católicas. Pero hay más, en la sentencia 10/2014 de 27 de enero se dice textualmente “En lo que respecta a la determinación por los padres del tipo de educación que habrán de recibir sus hijos, este Tribunal Constitucional ha afirmado que ‘este derecho constitucional se limita, de acuerdo con nuestra doctrina, al reconocimiento prima facie de una libertad de los padres para elegir centro docente y al derecho de los padres a que sus hijos reciban una formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, art. 27.3 CE”, y hay alguna más pero, para no abrumar a la señora, me las callo. Le bastó un día a la aún ministra, poca vergüenza torera manifiesta no habiéndose ido a casa, para, en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, rectificar a manera de política diciendo: ”Las familias no tienen nada que temer, se trata de una controversia exagerada y alimentada de forma intencionada”. O, como todos los políticos metepatas, mata al mensajero o se refiere a su comportamiento alimentando una maledicencia de forma intencionada, en ambos casos su explicación chirría con el de una ministra de educación como Dios manda. Señora Celaá, idioteces, las justas y con mis libertades, ninguna.
No entiendo nada. ¿Qué le pasa al socialismo que considera que gastar en ‘enseñanza’ es un lujo y hay que penalizarlo? ¿Alguien me lo explica?