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Al menos para mí, odiar es un sentimiento y los sentimientos no son delitos. Los sentimientos son estados de ánimo y forman parte del interior del ser; cuestión distinta es cuando, movidos por sentimientos, actuamos y entonces al ser nuestra actuación externa, si puede tener cargas delictivas y por ende penales. Odiar no es delito, de la misma manera que amar no lo es. Cuando hacemos algo por amor o por odio ya es otra cuestión, pero habrá que suponer que el delito está en lo que hacemos; el sentimiento que lo acompaña, como mucho, agravará o suavizará el acto realizado. Odiar para mí es un muy mal rollo y no se lo deseo a nadie, dicen los expertos que es un sentimiento de los más negativos y destructivos y que no trae nada bueno, pero no por odiar uno se ve obligado a actuar.
Delitos de odio serán, en todo caso, aquellos hechos delictivos que fomenten el odio, es decir, actos, no sentimientos. Estamos en época de tener la piel muy fina en lo referente a la ‘libertad de expresión, y esto es sano, pero hay limites y los límites no deben estar en los sentimientos que acompañan esta libertad, sino en los hechos que pretendemos amparar con ella. Si calumniar es delito, lo es, sea por amor o odio y si injuriar lo es, lo es acompañado por cualquier sentimiento. Nuestra Constitución y las leyes y códigos que la desarrollan, marcan suficientemente lo que es o no delito, no hace falta nada más. Amén de las disquisiciones jurídicas, hay una máxima de la sabiduría popular que, al menos a mi, me va de cine: “trata a los demás como querrías que te trataran a ti (en su forma positiva) o no hagas a los demás lo que no quieras que te hagan a ti (en su forma negativa).
No entiendo nada. ¿Cómo es que los más escrupulosos con la libertad de expresión son los más partidarios de reprimir los delitos de odio? ¿Alguien me lo explica?