El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha condenado por un delito de desobediencia, con la pena máxima, a Artur Mas por su actuación durante el 9N. La condena por este delito, que se corresponde curiosamente a un delito contra la Administración Pública, consiste en la inhabilitación especial para empleo y cargo público, que incluye, desde ya, cualquier cargo electivo y, cuando haya sentencia firme, tambien cualquier función de gobierno en el ámbito autonómico y estatal. Puede ser chocante que solo se les haya culpabilizado del delito de desobediencia y no del de prevaricación, lo mismo que resultó sorprendente que, tanto el fiscal como el juez instructor, no les acusara de malversación. Todas estas curiosidades tienen, sin duda, una base jurídica que es la que posibilita que al final se salde el proceso con una tarjeta amarilla al Sr. Mas o, en un símil con otros deportes, con una expulsión temporal, en una sentencia equilibrista que pretende condenar pero sin pasarse lo más mínimo.
Es muy probable que las partes recurran y la pelota pase al Tribunal Supremo, que ya está juzgando los mismos hechos en el caso del ahora diputado nacional Francesc Homs. Sin duda del Supremo pasará al Constitucional y, de ahí, a Estrasburgo, objetivo final de los encausados. No tengo duda que pretenden conseguir el ruido mediático de que el Tribunal Europeo deba pronunciarse sobre la cuestión, con la mínima esperanza de que suene la flauta, pero sobre todo por seguir internacionalizando el proceso. El tiempo apremia, dado que el nombre de Mas aparece con fuerza en varios casos de corrupción y eso le amargaría la estrategia. No olvidemos que los jueces que han condenado a Mas, serán señalados por muchos en Catalunyapero si Mas acaba sucio por corrupción, sera él el señalado.
No entiendo nada. ¿No os parece un salto cualitativo que se le condene, aunque para muchos suene a poco? ¿Alguien me lo explica?