Conversación tranquila de @jmfrancas con María Elena Crespo Arce, licenciada en derecho y licenciada en Ciencias Políticas y Sociología. Investigadora. Jurista de profesión.
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JMF: ¿Qué habría que revisar en la ‘protección de menores?
María Elena Crespo Arce: Es una pregunta que requeriría una larga sesión resumen de la investigación sobre la que trabajo hace un año. En esencia podemos hablar de algunos puntos básicos:
1-Eliminar el actual peligro de arbitrariedad en el dictado de las Declaraciones de Desamparo. Con las implicaciones vitales tan enormes que conlleva esa Declaración.
2-Limitar urgentemente las facultades de intervención que actualmente tiene la administración en este ámbito.
3-En consecuencia, que se exija la intervención judicial desde el inicio del procedimiento.
4-Recuperar y dar la primacía que merece la opinión de los padres y la familia extensa en un hecho tan grave como es la separación física y frecuentemente definitiva de sus hijos. Es una muerte social
5-En definitiva, la legislación tiene que garantizar que ningún niño o niña sea apartado del seno de su familia, salvo en situaciones de extrema gravedad, debidamente acreditadas.
JMF: Me asombra lo de ‘intervención judicial’. ¿Ahora mismo no hace falta?
María Elena Crespo Arce: Eso es. La legislación aplicable concede todo el poder de actuación a la llamada “Entidad Pública Competente”, esto es, en cada Comunidad Autónoma, un órgano de la administración, el Servicio de Protección de Menores.
JMF: Y la separación de poderes como garantía… eso no es democrático.
María Elena Crespo Arce: Efectivamente. Al permitir que la administración decida y ejecute una resolución tan dramática como es la separación de los menores del ámbito familiar, se está afectando severamente a valores democráticos.
JMF: ¿La ley lo permite?
María Elena Crespo Arce: Desgraciadamente la ley lo permite y constituye una praxis muy frecuente en este ámbito.
JMF: ¿Cuándo interviene un juez?
María Elena Crespo Arce: Sólo si la familia afectada plantea recurso frente a la resolución, el Juez conocerá el asunto. En cualquier caso, el Juez sólo actúa después del hecho consumado (Declaración de desamparo y retirada del menor).
JMF: ¿Qué defensa tienen un padre o una madre frente a una actuación de estas?
María Elena Crespo Arce: Carecen de todo apoyo jurídico en la fase administrativa. Hay una desigualdad flagrante ente las partes:
1-la administración tiene un poder omnímodo,
2-algunas familias no tienen capacidad económica para contratación de asesoramiento.
3-las familias están sometidas a un estrés psicológico y social provocado en parte por el modo brutal en que se actúa, en muchas ocasiones contra ellos.
JMF: ¿Me hablas de indefensión?
María Elena Crespo Arce: De hecho, existe indefensión.
JMF: Y, ¿de derecho?
María Elena Crespo Arce: Las familias afectadas, tras quedarse sin sus hijos, pueden plantear recurso judicial frente a la Resolución administrativa. El procedimiento judicial se alarga considerablemente y durante todo este tiempo los hijos continúan alejados de sus padres, con severo deterioro en la relación afectiva. La experiencia demuestra que las probabilidades de éxito son escasas y por ello debemos intensificar la batalla en esta causa.
JMF: ¿En qué causa hay que intensificar la batalla?
María Elena Crespo Arce: Urge evitar ya la facilidad de utilizar las declaraciones de desamparo como medida de solución a problemas familiares. En su lugar hay que destinar ayudas inteligentes y eficaces socioeconómicas a las familias afectadas y que el menor no sea retirado del seno familiar. Insisto, sólo se podrá retirar al menor en situaciones excepcionalmente graves y acreditadas.
JMF: Si es tan evidente, ¿por qué nadie con capacidad hace nada?
María Elena Crespo Arce: No hay una respuesta única pero este sector adolece de una opacidad preocupante, a pesar de existir un elevadísimo número de menores tutelados. Se habla de intereses significativos en este entramado que explicarían el mantenimiento de la situación actual.
La entrevista completa está en:
Gracias.gracias y gracias.Juez María Elena Crespo.